Taula diferència S.C.P, S.C.P. 2016, S.L.

¿Eres autónomo y formas parte de una SCP? Esto te interesa…

¿Podré seguir igual?

A partir del 1 de enero de 2016, si formas parte de una SCP pasarás a tributar como una sociedad limitada, aunque podrás decidir si quieres seguir manteniendo la forma jurídica de SCP.

Tienes que tener en cuenta que en 2016:

Tributarás siguiendo las normas de una SL (presentación del impuesto de sociedades)

Será obligatorio llevar contabilidad de doble partida

No será necesario depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil, pero sí formularlas (obligación del Código de comercio)

Te dejo un cuadro de ejemplo donde podrás ver los cambios y tomar la decisión que más te interese: Continuar como SCP o cambiar en SL
S.C.PS.C.P. 2016S.L.
Sistema de mayoríasNONOSI
Responsabilidad de los sociosSISINO
Contabilidad obligatoriaNOSISI
Depósito cuentas anualesNONOSI
TributaciónIRPFSISI
Doble imposición IRPF/ISNOSISI

Estos cambios se efectuarán en todas las SCP, a excepción de:

  • SCP agrarias, ganaderas, pesqueras y forestales
  • Sociedades patrimoniales, habitualmente en forma de CB (comunidad de bienes)
  • Sociedades profesionales (en forma de SLP)
 

Recuerda que puedes contactar conmigo por teléfono (607283245) o e-mail (rosa@rosatarongi.cat)